¿Qué es un derecho de petición?
Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en el Código Contencioso Administrativo, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución.
Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar el reconocimiento de un derecho o que se resuelva una situación jurídica, que se le preste un servicio, pedir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.
¿Qué pasa si presento peticiones irrespetuosas, oscuras o reiteradas?
Toda petición debe ser respetuosa. Sólo cuando no se comprenda su finalidad u objeto, se devolverá al interesado para que la corrija o aclare dentro de los diez (10) días siguientes.
En caso de no corregirse o aclararse, se archivará la petición.
Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores.
A las peticiones irrespetuosas no se les dará trámite y así se le informará al interesado.
¿En cuánto tiempo debe la empresa Aguas de Bogotá S.A. ESP responder mi petición?
Salvo norma legal especial en contrario y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción en la entidad.
Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones:
Las peticiones de documentos deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción.
Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.
¿Cómo interponer peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones en Aguas de Bogotá S.A. ESP?
En la página web de Aguas de Bogotá S.A. ESP puedes interponer una petición, queja, reclamo o sugerencia a través del botón “Peticiones, quejas, reclamos y sugerencias” del menú “Atención y servicios a la ciudadana”, donde hay información PQRS. “Registrar PQRS”, que te dirige a una nueva ventana para diligenciar los campos y adjuntar archivo.
https://www.aguasdebogota.co/registrar-pqrs/