Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional

Dando cumplimiento a la Ley 1712 del 6 de marzo de 2014, de Transparencia y acceso a la información pública, la Resolución 1519 del 24 de agosto de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – MinTIC, por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos, a continuación se listan los criterios mínimos a publicar, con sus respectivos enlaces (Para mejorar la búsqueda en este listado, puede oprimir en su teclado el juego de teclas Control + F y buscar por palabra clave).

Directiva No. 029: diligenciamiento de la información en el índice de transparencia y acceso a la información – ITA – de conformidad con las disposiciones del artículo 23 de la ley 1712 de 2014.

Resolución 1519 de 2020 (agosto 24). Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos.

Circular N.º 18 de 2021 de la Procuraduría General de la Nación – Medición ITA 2021: Implementación de la resolución 1519 de 2020 “por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos en materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital y datos abiertos” del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC) y la aplicación de la Matriz ITA.

6. Participa
8. Información específica para grupos de interés

8.1 Información para niños, niñas y adolescentes
8.2 Información para mujeres
8.3 Información para otros grupos de interés

9. Obligación de reporte de información específica por parte de la entidad

Aguas de Bogotá S.A. ESP está constituida como una sociedad anónima y de acuerdo con el numeral 14.6 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, es una empresa de servicios públicos mixta con un régimen especial previsto en el artículo 19 de la misma ley, en lo señalado para las sociedades anónimas en el Código de Comercio y en sus estatutos sociales, por lo tanto se somete a las disposiciones del derecho privado en lo que respecta a su constitución, actos, contratos y administración, correspondiendo su naturaleza jurídica a una persona jurídica particular

10. Información tributaria en entidades territoriales locales

Los sujetos obligados a publicar información tributaria son las entidades territoriales locales, es decir, los Municipios y Distritos, quienes de acuerdo con el anexo 2 de la resolución 1519 del año 2020, deben publicar en su sección de Transparencia y Acceso a la Información Pública los procesos de recaudo de rentas locales y las tarifas de liquidación de impuesto de industria y comercio.